Ley Blas. La madre de una víctima del gatillo fácil en Córdoba impulsa agravar las penas por violencia institucional

CÓRDOBA.- La madre de Blas Correas, el adolescente cordobés asesinado por dos policías condenados a perpetua, impulsa una iniciativa de ley para agravar las penas de delitos relacionados con la violencia institucional. La presentación del proyecto la realizó Soledad Laciar junto a la diputada nacional de Juntos por el Cambio Gabriela Brouwer de Koning, y en su redacción participaron académicos de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC).

Por el crimen de Correas fueron a juicio 13 policías; el chico fue asesinado de un balazo durante un control policial en agosto de 2020, en la capital provincial. El objetivo principal del proyecto de ley es “ponerle fin a la violencia institucional” y promover de manera progresiva el desarme de la sociedad civil.

La iniciativa apunta a modificar el artículo 189 bis del Código Penal y agravar la tenencia y portación ilegal de armas. También apuntan a crear un nuevo tipo penal específico que sancione a los miembros de las fuerzas de seguridad (incluyen a policías y empleados de servicios penitenciarios) que planten armas o hagan otras maniobras para entorpecer una investigación.

En el caso de Blas Correas, una policía confesó cómo ella y un compañero habían “plantado” un arma para intentar desviar la investigación y justificar el acto de “gatillo fácil” inculpando a las víctimas.

Laciar explicó en la presentación que la agravante que promueven se produce por “la calidad funcional” del autor del hecho. En esa línea, impulsan penas de 10 a 12 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y para tareas de seguridad privada.

El texto del proyecto plantea: “Para los casos de manipulación de la escena del crimen o del lugar del hecho mediante la introducción de armas, impropias o propias, operativas o no, u otro elemento que simule tener capacidad ofensiva o defensiva, que permitan suponer la existencia de una agresión o peligro que legitime a los funcionarios actuantes a neutralizarla”.

Otro punto del proyecto apunta a la posibilidad de que se incorpore al nuevo tipo penal la aplicación de la figura de la Ley 27.304, del “arrepentido”: “Se agrega la posibilidad de que una persona investigada por estos hechos se acoja a los beneficios del arrepentido que otorga el artículo 41 ter del Código Penal Argentino, donde se agrega el inciso j) para el caso de los “delitos previstos en el artículo 189 bis, punto 2, párrafo 10″.